ConCiencia Política

Matrimonio en libertad.-

04/01/2010

— 5:11 pm

Matrimonio en libertad.-

Xiuh Guillermo Tenorio Antiga

“Si alguno se juntare con varón como con mujer, abominación hicieron;

ambos han de ser muertos, sobre ellos será su sangre”

Levítico, 20:13

Que la Iglesia Católica condene por igual a homosexuales, lesbianas y bisexuales porque así lo dice la Biblia, no debiera alarmarnos. Seguido al pié de la letra, el versículo del Levítico al que se hace referencia incluso conllevaría al homicidio, lo cual está lejos de considerarse ejemplar para un país democrático que defiende las libertades y la pluralidad de ideas y credos.

Lo que sí puede resultar controvertible es que esta defensa la haga un partido político, en particular algunos dirigentes, cuyo afán por defender sus principios morales y religiosos los muestra intolerantes, en perjuicio de la progresión de derechos humanos que sirve de sustento al Estado democrático de Derecho.

Esto viene a colación por las reformas al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito Federal, que recientemente aprobó la Asamblea Legislativa del DF en la cual se reconoce al matrimonio como la “unión libre de para realizar la comunidad de vida, en donde ambos procuran respeto, igualdad y ayuda mutua”. Bajo esta consideración primaria, ya no es vigente la definición de matrimonio como “la unión libre de un hombre y una mujer”.

Nuevamente, como fue el caso de otras reformas aprobadas durante la IV Legislatura, incluyendo la Ley de Sociedad de Convivencia que le sirvió de antecedente, se trata de un reconocimiento de derechos que a nadie obliga pero sí vale para evitar actos discriminatorios, en este caso hacia homosexuales, lesbianas y bisexuales, por lo menos.

Sin embargo la mayor controversia generada entre los opositores a las reformas fue la posibilidad que parejas del mismo sexo puedan adoptar. Al respecto es inevitable calificar la discusión como un falso debate o una cortina de humo, pues ninguna disposición modifica a lo que ya existía en la legislación. Permítanme explicarme.

De conformidad con el artículo 390 del Código Civil, el cual no se modificó con las últimas reformas, toda persona “mayor de 25 años, libre de matrimonio, en pleno ejercicio de sus derechos, puede adoptar uno o más menores o a un incapacitado, siempre que el adoptante tenga diecisiete años más que el adoptado”, además de acreditar algunos requisitos (medios bastantes para proveer la subsistencia, educación y cuidado de la persona adoptada; que la adopción es benéfica para la persona que trata de adoptarse y que el adoptante es persona apta y adecuada).

En virtud de tales consideraciones resulta que antes o después de las reformas, cualquier persona, independientemente de su condición civil o preferencia sexual, puede adoptar si reúne los requisitos. Esta situación no altera los trámites que pueden llevar años, reflejo de una burocracia la más de las veces engorrosa.

Luego entonces, ¿por qué tanto desparpajo en la argumentación de algunos diputados o dirigentes del PAN, del PRI y del PVEM? En lo fundamental, porque no faltan quienes tiendan a confundir entre confesión religiosa privada y responsabilidad pública. En este contexto no abona al debate que en el PRD también se alcen voces cuyo uso de la mentira y la descalificación inmediata refleje una ignorancia agravada por mostrarse sin disimulo.

En el contexto de las reformas celebro que existan mayores ámbitos para disfrutar la libertad. Si esto significa la unión de dos personas que desean casarse, no queda más que respetar y defender esa voluntad. A nadie se le debe objetar el derecho a ser feliz.

Bonus Track

No halaga a nadie comenzar el año con nuevos impuestos sin saber qué destino les darán. Sin embargo, sirva la presente columna para desearles a todos los lectores de www.ejecentral.com.mx que este 2010 sea fructífero y lleno de amor, salud y alegría, aunque en esto último nos falten los motivos.

Sin Comentarios »

Todavía no hay comentarios.

Sigue esta columna en RSS. URL para Trackback

Deja un comentario